Convocatoria abierta · pymes

Resolución de XX de XX de 2026 por la cual se abre la convocatoria para el año 2026 de las acciones de apoyo a la formación que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Catalunya.

Consorci Per a la Formació Contínua de Catalunya

100.000 €dotación de la convocatoria
quedan 6 díasplazo de solicitud · hasta 18/09/2026

Esta convocatoria apoya acciones de formación para el año 2026, con una finalidad de fomento del empleo en diversos sectores. Está dirigida a entidades que cumplan los requisitos establecidos y busca financiar el desarrollo de metodologías innovadoras para pymes y marcos de referencia sobre aprendizaje a lo largo de la vida.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Gran empresa; Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Actividades administrativas y servicios auxiliares; Actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; Actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos; Actividades de los hogares como empleadores y como productores de bienes y servicios no diferenciados para uso propio; Actividades financieras y de seguros; Actividades inmobiliarias.

Ámbito: Cataluña.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 920327 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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