Convocatoria abierta · pymes

Resolución del 8 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el desarrollo de proyectos audiovisuales gallegos cofinanciadas por la Unión Europea en el marco

Agencia Gallega de Las Industrias Culturales (Agadic)

1.200.000 €dotación de la convocatoria
según basesplazo de solicitud

Cultura

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Gran empresa; Personas físicas que no desarrollan actividad económica; Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.

Ámbito: Galicia.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 920748 · bases reguladoras

Esta convocatoria no publica fecha de cierre en la BDNS. No podemos decirte si sigue abierta: muchas de estas fijan el plazo en las bases (por ejemplo, «15 días naturales desde su publicación en el boletín») y el organismo no registra la fecha exacta. Comprueba las bases antes de dar nada por hecho. No nos lo inventamos.

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Antes de decidir

Régimen de ayuda de Estado
REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación
Ir a la sede electrónica donde se solicita →
Es la sede oficial del organismo convocante, tal y como la publica la BDNS.
Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

¿Le toca a tu empresa?

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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