Convocatoria abierta · pymes

Convocatoria plurianual para la concesión de las subvenciones para la inclusión de viviendas al programa de la Borsa d’Habitatges de Lloguer de Barcelona u otros programas sociales en la ciudad de Barcelona del año 2026, con cargo a los

Consorcio de La Vivienda de Barcelona

315.000 €dotación de la convocatoria
quedan 83 díasplazo de solicitud · hasta 04/12/2026

Estas subvenciones están destinadas a personas físicas o jurídicas propietarias de viviendas en Barcelona que las cedan para programas sociales de alquiler, incluyendo casos de impago de rentas o en proceso de desahucio. El objetivo es facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la edificación, cubriendo la formalización de nuevos contratos de alquiler en el marco de programas sociales específicos.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Personas físicas que no desarrollan actividad económica; Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Administración pública y de la política económica, social y medioambiental; Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia; Otros alojamientos.

Ámbito: Barcelona.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 886202 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Antes de decidir

Ir a la sede electrónica donde se solicita →
Es la sede oficial del organismo convocante, tal y como la publica la BDNS.
Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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